En el dolmen de Las Agulillas

jueves, 5 de octubre de 2017

Los pleitos por la Virgen de Luna



Antecedentes

     Una de las páginas más interesantes y significativas de la historia de la Virgen de Luna y Villanueva de Córdoba corresponde los pleitos que se sucedieron a lo largo de un siglo por el derecho de los jarotes a disfrutar de su presencia.
     Como el lugar en que estaba enclavada la ermita, la dehesa de la Jara, era comunal de los habitantes de los Pedroches desde el siglo XV, todos consideraron la imagen y la construcción de la ermita propia de la comunidad de las siete Villas de los Pedroches y a ella acudían para hacer fiestas. Escribe Juan Ocaña Torrejón que “es de suponer que al obtener Pozoblanco su título de Villa [en 1478] las autoridades eclesiásticas de Pedroche hicieron rectores de este culto a la naciente iglesia de Pozoblanco, por encontrarse a menor distancia del santuario y poderlo atender y vigilar mejor”, aunque como villa matriz la iglesia de Pedroche siguió manteniendo sus privilegios.
     Desde este tiempo, y hasta que obtuvo su privilegio de villazgo en el siglo siguiente, Villanueva de Córdoba tuvo un trato diferente en las fiestas que celebraba en honor a la Virgen, pero al acceder a la nueva categoría civil en 1553 estimó que ya no había motivos para que hubiera ninguna diferencia.
     En 1589 se inicia una serie de pleitos que durarán un siglo, siempre teniendo como fundamento la pretensión de Pozoblanco de que el santuario era de su propiedad y que sólo sus vecinos tenían la potestad de llevar la imagen de la Virgen a su localidad, algo que nunca pudo demostrar.

Pleito de 1589-1591

     Ocaña Torrejón, en su libro La Virgen de Luna, editado en 1963, describe este primer litigio:
Fue en 1589 cuando por primera vez Pozoblanco quiso oponerse a que los de Villanueva llevasen la imagen de Nuestra Señora de Luna a este pueblo para celebrar fiestas en su honor y basaba su oposición en que le ermita era propiedad exclusiva de ellos, no teniendo la parte contraria [Villanueva de Córdoba] otro derecho que el de celebrar una fiesta en el santuario el día siguiente de llevarla de Pozoblanco, que era en la Pascua de Pentecostés, después de haber permanecido en Pozoblanco desde el segundo o tercer domingo de Cuaresma, según era costumbre antigua y que manifestaban.
     La fiesta a que se referían se celebraba de esta manera: después de oír misa en la ermita se sacaba en procesión a la imagen por los alrededores del templo con el siguiente ceremonial, los diputados y hermano mayor de Pozoblanco por medio de un sacerdote de dicha villa alcanzan y bajan dicha santa imagen de su altar y la ponen en sus andas, y cuando se empieza la procesión alrededor de la ermita la sacan fuera de la ermita y entregan a los de Villanueva y en el mismo sitio la vuelven a colocar en su altar, sin que los de Villanueva hayan sacado, ni entrado, ni quitado, ni vuelto a su altar dicha imagen en tiempo alguno.
     Y esto es lo que consideramos que los de Villanueva tenían como una vejación, desde que obtuvieron el título de Villa.
     El pleito siguió su marcha y en 23 de mayo de 1590 el doctor don Cristóbal Mesa Cortés dictó sentencia en la que se prevenía que Pozoblanco tenía derecho a nombrar y poner mayordomo y ermitaño, sin intervención de los de la otra parte; y, además “Declaro ansi mismo el dicho conzejo, justicia y reximiento y vecinos de la dicha villa de Villa Nueba, para poder hazer y zelebrar en la dicha hermita con el vicario rector y clerigos de la dicha iglesia de Villa Nueba las fiestas que por su devoción quisieran hazer y zelebrar…”.
     No agradó a los de Pozoblanco esta resolución [prosigue don Juan Ocaña] y volvieron a elevar escrito con fecha 9 de julio de 1591 pidiendo se modificase tal acuerdo, basándose en que “procuran los de Villanueva ganar un mandamiento y so color dél, impedir y perturbar la posesión de Pozoblanco de manera que siempre les impide y perturba y ahora señaladamente ha llevado y tiene en la dicha villa de Villanueva la dicha Imagen dejando la ermita y casa solo y han pasado muchos días solemnes como las festividades de San Juan, San Pedro y otras muchas suele haber concurso de gentes, así de la villa de Pozoblanco como de otras partes”.
     Terminaba suplicando que se ordenase al Concejo de Villanueva “que devuelva la imagen a su casa y de aquí en adelante no la pueda sacar hasta que el Consejo de Pozoblanco haya traído y cumplido y gozado de la posesión a lo menos sin le requerir primero”.
     A todo ello el Señor Previsor General contestó ordenando que se guardara, en un todo, lo dispuesto en la anterior sentencia.
     En resumen, la autoridad eclesiástica competente reconocía el derecho de Villanueva para hacer fiestas en su honor y trasladar la imagen de Nra. Sra. de Luna en romería a la localidad, al igual que Pozoblanco. En atención la mayor antigüedad como villa de ésta, tenía derecho a nombrar mayordomo y santero, aunque en absoluto se le reconocía a Pozoblanco ese dominio de la propiedad que invocaba.

Pleitos de 1681-1685

     Aunque el asunto quedase así solventado por la sentencia del Obispado de Córdoba de 1590, quedaron rescoldos encendidos que se avivaron con fuerza casi un siglo después.
      El origen quizá esté en las obras de ampliación del santuario emprendidas por Pozoblanco hacia 1640, y que debieron reactivar grosso modo sus vindicaciones posesivas del santuario, pues sólo así se explica lo sucedido en la noche del 27 de mayo de 1681, cuando, según la denuncia presentada, “más de ciento cincuenta hombres con arcabuces y otras armas ofensivas y defensivas vinieron con gran tumulto a media noche del día veinte y siete del mes de mayo pasado de este presente año y se llevaron dicha Imagen a dicha villa de Villanueva… dando ocasión a que mi parte y sus vecinos se pongan en Armas para repeler el agravio e injuria”.
     Pero vayamos por partes, como Jack. Lo que los vecinos de Pozoblanco consideraron como “rapto” no fue, para los de Villanueva, sino la tradicional romería anual de Pentecostés (como se demuestra por la fecha), encabezada por los tres curas de la parroquia de San Miguel, los Alcaldes, Escribano y los miembros de la Hermandad de la Virgen de Luna, que como Compañía y Soldadesca portaban armas, al igual que las llevaban sus homólogos de la Hermandad de Pozoblanco. Resulta por tanto pueril ese argumento de la denuncia de que iban portando armas.
     El porqué se hizo la procesión de traslado por la noche sólo tiene también una explicación: evitar incidentes mucho más serios, pues de haberse enfrentando las dos comunidades a plena luz del día, con sus brazos armados en forma de Hermandades el daño podría haber sido grande. Es de presumir que ante la insistencia del vecindario de Pozoblanco de que la ermita era suya y que, por tanto, Villanueva no tenía derecho alguno sobre ella, los vecinos de ésta les pillaran las vueltas, celebraron su romería en el día señalado, pero de noche, evitando daños irreparables mayores.
     El enfado del vecindario de Pozoblanco fue mayúsculo, amenazando con “ponerse en Armas para repeler el agrario e injuria”, y elevaron una denuncia por lo penal, que transcribió en 1911 Juan Ocaña Prados en su Historia de la villa de Villanueva de Córdoba. En ella insistían en que el “Concejo de la villa de Pozoblanco y sus vecinos tienen por suya propia la dicha ermita en que está colocada la imagen de Nuestra Señora de Luna por haberla fabricado a su costa y expensas… sin que otro Concejo ni villa ni particular haya tenido ni tenga derecho alguna a la Santa dicha Imagen ni su Hermita ni poderle sacar de ella como es público y notorio”.
     La trascripción completa del pleito planteado por Pozoblanco es el siguiente (recogida por Ocaña Prados en su libro de 1911):

Querella de Pozoblanco de 1681.

Juan Ruiz Aragones en nombre de Bathme Muñoz Urbano vecino de la villa de Pozo Blanco, Síndico y Pror General del Concejo, Justicia y Reximiento de dicha villa y del Licenciado Juan Lopez de Lucas Presbítero y Cura de la Parrochial de dha Villa Mayordomo y hermano mayor de la Hermandad y Cofradía que sirve en la Hermita de Ntra. Señora de Luna, sita en la Dehesa de la Jara en aquella via y forma que Mexor Puedo y aya lugar de derecho me querello grabe y criminalmente ante Usia del Cura Diego Caballero del Licenciado Agenjo y del Licenciado Cámara y de los Alcaldes ordinarios y de Pedro de Contreras escribano y de todos los demás que resultasen culpados vecinos todos de la villa de Villanueva de Cordova y con permiso lo necesario = Digo que el dho Concejo de la villa de Pozo-Blanco y sus vecinos tienen por suya propia la dha Hermita en que esta colocada la imagen de Nuestra Señora de Luna por haberla fabricado a su costa y a sus esspensas por mas tiempo de doscientos años y para que este cuidada mi parte nombra hermano mayor y administrador de sus bienes y Renttas y en todo este tiempo a tenido y Posehido la dha Santta Imagen y trasladola en sus necesidades y aflcciones con el aparatto y decencia devida a la dha villa de Pozo-Blanco sin que otro Concejo ni villa ni particular aya tenido ni tenga derecho Alguno a la Santa dha Imagen ni su Hermita ni poderle sacar della como es público y notorio y siendo esto zierto que los dichos querellados con poco temor de Dios y de su madre Santísima con grande irreberencia a la Santa Imajen que la representa de caso pensado y premedittado junttaron mas de cientto y cincuentta hombres con arcabuzes y otras Armas ofensivas y defensivas y vinieron con gran tumulto a media noche del día veintte y siette del mes de Mayo pasado de este presente año [1681] y se llevaron dha Imajen a dha villa de Villanueva poniendo cuatro guardas que allí existe en dicha hermita porque no viniese a dar cuenta a mi pte. en cuyo echo de violencia an cometido grave delito de despoxo dando ocasion a que mi pte. y sus vecinos se pongan en Arma para repeler el agravio e injuria que se le ha echo privando de dha Santa Imajen que la an tenido y Posehido y tienen como suya y propia, y si a este despoxo y Rapto cometido con ttanta fuerza y violencia de noche y a ora estraordinaria no se pone luego e ynstantaneamente Remedio, han de resultar muchos inconvenientes y attodos seovia conque se paga dha Santa Imagen en la Hermita y lugar donde estaba colocada, y para ello = Pido y suplico a Usia mande servirse de despachar audiencia con comisión Basttante para que haga informacion de lo contenido en esta querella de que mi parte ofrece información y que constando por ella ser zierto lo que en ella se Refiere se proceda con excomunión y zensuras y los demás Remedios que hubiere lugar de derecho conttra todas las Personas de cualquier estado y calidad que sean y que tuvieren dha Santa Imajen para que la enttreguen y lleven con la decencia y solemnidad devida a dha Hermita y lugar donde estaba puestta y colocada todo a costta de los Culpados y executando esto como la Pide la naturaleza de esta causa y se traygan Presos y a la Carcel de este Palacio episcopal todos los clérigos que resultasen culpados y echo protesta mi partte Proseguir en ella para que todos los Reos sean Casttigados condignamente conforme la gravedad de este delito y pedir mi parte todo lo que asu derecho convenga, pues es Justicia qei pido con costas y para ello Jur en forma que esta querella no es de malicia. Otro si presento el Poder de la Parte.- Juan Ruiz Aragonés.- Licenciado Don Juan de Villarán Ramírez”.

En la respuesta de Villanueva de 4 de julio de 1681 se rebatían las afirmaciones contenidas en el escrito de acusación: la ermita no era propiedad de Pozoblanco, sino que fue construida “por una mujer debota natural de los Pedroches y colocada en ella la Santa imagen y se la cedió a la misma villa de Pedroche, y aunque esta la dio a la Vª de Pozo Blanco y se reedificó o ensanchó por ella no adquirió dominio, que en dcha. Dehesa de la Jara ninguno de los comuneros puede adquirir más derechos que los otros [sic]”. Tampoco Pozoblanco fue la única en mantener el santuario: en 1573 un religioso de Torremilano dejaba en su testamento un donativo para el mantenimiento del santuario; las cuentas de fábrica de la iglesia de San Miguel de 1590 demuestran que ésta invertía parte de sus recursos en la conservación y ornato de la ermita de la Virgen de Luna; todavía a mediados del siglo XVIII el Concejo de Añora destinaba una cantidad anual para velas del santuario. En sus orígenes, la devoción a la Virgen de Luna fue común a las villas de los Pedroches, aunque, con el tiempo, sólo las dos más cercanas, Villanueva de Córdoba y Pozoblanco, la mantuvieran.
     También era incierto que no hubiera otra villa con derecho a sacar la imagen de la Virgen de Luna, pues la sentencia del Ordinario de Córdoba D. Cristóbal de Mesa Cortés de 23 de mayo de 1590 era manifiestamente clara en este sentido: “Declaro ansi mismo el dicho conzejo, justicia y regimiento y uezinos de la dicha uilla de Uilla Nueba, poder hazer y zelebrar en la dicha hermita con el uicario rector y clérigos de la dicha iglesia de Uilla Nueba, las fiestas que por su devoción quisieran hazer y zelebrar en quales quiera días, con que no sean en los días y tiempo queel dicho conzejo y uezinos de Pozoblanco lo hizieren y zelebraren… Si el dicho conzejo y uezinos de Uilla Nueba quisieren para las dichas fiestas que ansi hizieren lleuar la dicha Imagen de Nuestra Señora a la iglesia de la dicha uilla de Uilla Nueba en prozesion, sea con licenzia del honor y no de otra manera, y la tornen a traer a la dicha hermita con la dezencia y uenerazion que convenga. Y que para ello dicho conzejo, justicia y reximiento de Pozoblanco ni otra persona alguna les ponga impedimento ni contradizion, so las dichas penas de excomunión maior y pecuniarias de suso declaradas”.

Contestación de Villanueva de Córdoba de 4 de julio de 1681

Juan de Cañasberas en nombre del Concejo, Justicia y Reximiento de Villanueba de Cordova de quien presento Poder en Bastante forma y en nombre del licenciado Diego Garcia Cavallero y de Martin Garcia Pulido, Juan Garcia Agenjo, Barhtolome Guttierrez Toril, Don Bernardo Moreno de Pedrajas, Presvitero y de Martin Muñoz de la Cámara Alcalde ordinario, Pedro de Contreras escrivano Publico y Benito Gomez de Heredia, vecinos todos de cha villa, en la causa que se ha querido introducir a Criminal por el Concejo y Reximiento de la villa de Pozo Blanco y sus vecinos por haver llevado mi parte á Nnestra Señora de Luna en procesión desde su hermita que está en la deesa que llaman de la Jara que es término común, a Villanueva de Córdoba para hacerle fiesta en ella, como lo tienen de uso y costumbre de tiempo ymmemorial aquella parte y de tanto que memoria de ombre no es en contrario.= Digo que ha llegado a noticias de mis partes que se a despachado nombramiento para que parezcan personalmente en esta Ciudad las personas declaradas en esta Pettición para el efecto de tomarles sus condiciones y proceder criminal mente en dcha. causa la cual se ha de declarar por zivil y en ella oir a mis partes por Procurador hastta sentenciarla definitivamente por lo General y siguiente y a llegado en que me afirmo, lo otro porque la causa que está Pendiente contra mi Parte, se dió principio a ella por querella del Concejo y Reximiento de Pozoblanco y sus vecinos y no son partes legítimas para seguir dcho juicio que por ningún Título pueden impedir que mi Parte hagan fiestas en dcha. Hermita de Nuestra Señora de Luna, ni que la lleven en procesión a Villanueva de Córdoba quando sus vecinos tienen necesidad de alivio en sus necesidades espirituales y temporales y se hallan en quietta posesión de tiempo inmemorial de dchas. Fiestas y de llevar la Santa imagen en procesión a dcha. villa y así por los contrarios no pueden ser molestados ni perturbados en dcha posesión.= Lo otro porque para que se proceda criminalmente debe de haber cuerpo de delito y mis partes no han cometido alguno por haber llevado dcha. Santa Imagen a nuestra Señora a Villanueva en procesión, pues tienen Justicia y derecho zierto para ello por se constante en el echo que habiendo Pretendido lo mismo que aora intenta por los años de quiniento y ochenta y nueve y nobenta se siguió pleyto en contradicttorio juicio en ese Tribunal y despues de haberle sustanciado el pleyto en que se pronunció sentencia declarando en ella tener Villanueva de Córdoba derecho y acción para hacer sus fiesttas en dcha. hermita en los dias que quisiere y para llevar la imagen de nuestra Señora a Villanueva de Córdoba y así constará en la misma senttencia que pretesto  presentar y el que usa de su derecho no comete delito alguno, por lo cual faltan los mérito para lo criminal.= Lo otro porquando a mis partes no asistiese Justicia tan notoria, para Proceder criminalmente se había de haber justificado que mis partes con dolo y con fin de gustar a dcha. Santa imagen la havian sacado de su hermita y siendo ziertto que el fin que tubieron para llevar dcha. Imagen fué el de hacerles fiesttas solemnes, de este fin no se puede sacar culpa por haver tratado con el mayor culto y Reverencia a María Santísima.= Lo otro porque la parte contrario Para inttentar dcho. Juicio supone ser patrono de dcha. Hermita con el supuesto de haverla fundado lo que es incierto Porque dcha. Hermita de tiempo inmemorial y de tanto que memoria de hombre no es en contrario, esta fundada y levantada en dcha. Dehesa de la Jara que es de termino común y no propio ni Privatibo de la parte contraria, que fue fabricada la Hermita por una mujer debota natural de Los Pedroches y colocada en ella la Santa imagen y se la cedió a la misma villa de Pedroche y haunque esta la dió a la Vª de Pozo Blanco y se Reedificó o ensanchó por ella no adquirió dominio, Que en dcha. dehesa de la Jara ninguno de los comuneros puede adquirir mas derecho que los otros y en cuanto haver Reparado dcha. hermita tambien procede con incertidumbre porque para sus Reparos y obras an contribuido todas las demás villas que tienen intereses y comunidad en dcha. dehesa y de Presente a la persona que existe en dicha ermita de comunidad de dichas villas se le señala e dicha dehesa para subsistir parte de aprobechamiento de ella en el fruto de la vellota y quando Villanueva de Córdoba concurre en parte al Alimento del Santuario así en parte de la dehesa que ella asigna como en las limosnas que pide y junta en dcha. Villa, bien se dexa entender que dcha. Hermita es de comunidad y Pozoblanco no tiene en ella más derecho que el Poder hacer sus fiestas en conformidad de lo que hace la villa de nuestra Parte.= Lo otro porque tambien es constante verdad que en Villanueva ay cofradía fundada con Estatutos y reglas aprobadas por los Señores Ordinarios que se sirve en dicha Hermita y en la iglesia de Villanueva con fin de zelebrar fiestas a nuestra Señora de Luna y todos los años de consentimiento con los Cofrades se elige un hermano mayor y Oficiales que juntan las limosnas y lo que procede de ellas se gasta en el mayor culto de dcha. Santa imagen.= Suplico a Usia mande declarar dicha causa por zivil y oir a mi Parte por sobre que formo Artículo y en el pido expresa determinación ante ttodas cosas y de lo contrario omisso o denegado o que se omitiere y denegare y de proceder en dcha. causa sin haver determinado dcho. Artículo, pretestando la nulidad y otro devido remedio ablando con el debido respeto, apelo ante Su Santidad y allí lo puedo y con derecho devo y Protesto al Real auxilio de la fuerza y lo pido por testimonio Justicia y costas.= Otrosí: Para que conste que a mi parte asiste notoria Justicia para hacer fiestas a dcha. Santa imagen en su ermita y para llevarla en procesión a Villanueva de Córdoba sin consentimiento ni licencia del Concejo de Pozo Blanco, por estar asi determinado por pleyto seguido en contradicttorio juicio que con citación de la Parte contraria se libre mandamiento compulsatorio para que el nuestro Archivista Busque en el Archivo un Pleyto entre ambas Villas se siguieron sobre la misma razón, el cual tuvo principio en el año pasado de mil quinientos y ochenta y nueve y se determinó en el de noventa y habiendole allado de a mis Partes Testimonio en Relación de dcho. Pleyto insertando en el a la letra la Sentencia pronunciada en el y del cual no se apelo por ninguna de las partes y asi mismo de la petición que esta a continuación de dicha Sentencia donde la villa de Pozo Blanco pidió en ella que la Santa Imagen que estava en la Iglesia de Villanueva de Córdoba se volviese a su Hermita para que hiciesen sus vecinos de Pozo Blanco sus fiestas del qual testimonio hago presentación con el Juramento en forma. Pido ut supra. = Juan de Cañasberas”.

Resolución final.

     El 26 de mayo de 1683, el Licenciado don Antonio Maldonado, Monje Racionero de la Santa Iglesia de Córdoba y Provisor y Vicario General de ella y su obispado, dictó sentencia por la que se ordenaba el cumplimiento de la dada por D. Cristóbal Mesa el 23 de mayo de 1590.
     No aceptando la resolución, Pozoblanco elevó las diligencias del pleito al Arzobispo de Toledo. Como era una cuestión ya juzgada, sobre la que había una sentencia firme, el Juez Metropolitano del Arzobispado de Toledo se remitió a la sentencia de 1590. El 6 de junio de 1684 se dictó sentencia sobre la reclamación, en la que se decía que “porque la devoción de la Santa Imagen de Nuestra Señora de Luna no se entivie, antes se enfervorice en los corazones de los vecinos de dchas villas y entre ellos se conserve y una toda amistad, paz y quietud y evitar en adelante todos disgustos, cuestiones y embarazos; aprobaba en todas sus partes el auto del señor Provisor...[es decir, la resolución citada de 1590. Sobre las costas del juicio, se disponía que] “en conformidad del auto de la Chancillería se despachase comisión al Vicario de la villa de Torremilano para que procediese por zensuras y el dcho. Concejo de Pozoblanco las pagase al de Villanueva por ser justo a derecho”.

     Un documento conservado en el Archivo de la Nunciatura de Madrid es revelador sobre el desarrollo de los hechos:

“Archivio Nunziatura Madrid, Abreviaduria, Breves 101-103

f. 41r  Juan Hernáez en nombre del Consejo de Justicia y Regimiento, Clero y vecinos de la villa de Villanueva de Córdoba. En el pleito con el Consejo de Justicia y Regimiento de la villa de Pozoblanco sobre celebrar las festividades a Nuestra Señora de Luna y restitución de la Santa Imagen a la ermita. Pleito ante el Obispo de Córdoba en 1ª instancia y en Toledo en 2ª. Se ordena que la villa de Pozoblanco no pueda sacar ni llevar la imagen a dicha villa; despreciando la ley de este Tribunal la volvieron a sacar de la ermita el día tercero de Pascua de Pentecostés del año próximo pasado, y la retienen hasta hoy. Vuelve a recurrir D. Diego González. 15 de enero de 1685.

Siendo Nuncio y Colector general apostólico el Cardenal Sabo Milini (1675-1685) y Sumo Pontífice el Beato Inocencio XI (1676-1689).”

     La lectura no presenta problemas de interpretación: “despreciando” la orden del Juez Metropolitano de Toledo, quien había resuelto en segunda instancia, “el Consejo de Justicia y Regimiento de la villa de Pozoblanco” se llevaron la imagen de la ermita. En el acta capitular del Ayuntamiento de Pozoblanco de 25 julio 1684 se argumenta que fue por la “inpaziencia que hiçieron las mugeres a las personas que la llevaban de esta uilla… porque le socorriese en la necesidad en que se hallaba, de la plaga que abía en esta uilla de gusanos y nuebas enfermedades”.
     El Nuncio en España, Cardenal Milini, como máxima instancia, ratificó el 3 de febrero de 1685 la sentencia del Juez Metropolitano de Toledo, que a su vez confirmaba la del Ordinario de Córdoba de mayo de 1590: Pozoblanco tenía el derecho de nombrar mayordomo y santero, pero tanto Villanueva de Córdoba como Pozoblanco podían llevar la imagen de la Virgen de Luna a cada localidad con el debido respeto y decoro. El 1 de noviembre de 1694, al tomar acuerdo sobre la distribución a dar al importe de las cantidades de las costas del pleito, se decidió dedicar la tercera parte para la ermita de San Sebastián de Villanueva.
     Sería a partir de este momento, finales del siglo XVII, cuando se marcasen reglamentariamente, y de forma aceptada por todos, los tiempos de estancia de la imagen de la Virgen de Luna en su santuario y las dos localidades de Pozoblanco y Villanueva de Córdoba, que se mantienen hoy en día. Sólo ha habido un cambio en esta cuestión: en 1973 se decidió que la romería de octubre se celebrase en domingo, en vez del lunes, como se había venido haciendo tradicionalmente.

Interpretación.

     La comprensión de estos hechos tiene varias lecturas según el enfoque con se trate.
     Desde una perspectiva funcionalista podría considerarse como la competencia entre las oligarquías de los dos municipios por el control de la Dehesa de la Jara. La de Pozoblanco pretendía que la renta de hierba y bellota fuera vendida cualquiera, sin importar su origen, que pudieran pagarla, destinando esos ingresos a las exiguas arcas municipales. El Concejo de Villanueva de Córdoba prefería la explotación de la dehesa de modo común por todos los ganaderos de las Siete Villas que lo deseasen. La explicación de esta diferencia está en que Pozoblanco tenía unos buenos beneficios por la venta de paños y bayetas, no teniendo la ganadería la importancia que sí tenía en Villanueva de Córdoba. Es cierto que a comienzos del siglo XIX se había producido una bicelafia entre ambos municipios respecto al conjunto de las Siete Villas, pues los dos sumaban el 69% de la población en 1835, pero a mediados del siglo XVII Villanueva de Córdoba era la tercera villa en cuanto a habitantes, tras Pozoblanco y Torremilano (actual Dos Torres).
     No creo que este enfoque explique satisfactoriamente la cuestión, pues por su marcado enfoque funcionalista sólo tiene en cuenta el aspecto económico; considero que tras esta cuestión había más cuestiones, como la identidad comunitaria o los sentimientos.
     Pozoblanco revindicó desde su primera querella de 1589 su posesión del santuario por haberse encargado de él tras su nombramiento como villa un siglo antes, pero lo único que se demostró en la sentencia de 1590 era “estar en posesion quieta y pazifica de nombrar y poner maior domo y ermitaño en ella”. En esta misma sentencia se reconocía el derecho de Villanueva y Pozoblanco a trasladar en procesión la imagen de la Virgen de Luna a sus localidades, eso sí, siempre que no lo hicieran en el mismo día.
     Pero los sucesos de 1681-1685 indican la existencia de un serio conflicto entre ambas comunidades. La romería nocturna de mayo de 1681 cabe entenderla como un acto muy inteligente, valiente y osado: con él se consiguió el objetivo de celebrar la anual traída de la Virgen de Luna desde su santuario hasta Villanueva, minimizando los riesgos que hubieran supuesto un enfrentamiento abierto y a plena luz del día, contando ambos municipios con su correspondiente Hermandad, militarizada y armada. El motivo último de actuar así habría sido el empecinamiento de Pozoblanco de considerar como propia la ermita, pues en la querella de 1681 vuelven a repetirse los mismos argumentos de la de 1590, que no encontraron aval en la sentencia del Juez de Córdoba de 1590.
     También hay que valorar los tiempos: en esos años las actas capitulares del Ayuntamiento de Pozoblanco revelan un panorama desolador: nieves y lluvias en exceso acentúan una hambruna que obliga a sacar grano del pósito para alimentar a los más necesitados. En 1680, también en Pozoblanco, se dedicó un novenario a la Virgen con motivo de la peste, implorando su protección para evitar el contagio. Pero en 1684 es una epidemia de “nuevas enfermedades” (¿viruela, paludismo, tifus…?) y de “gusanos” (¿larvas defoliadoras del encinar, como las que asolaron la comarca en la década de 1920?) lo que les impele a trasladar la imagen de la Virgen a Pozoblanco, aunque para ello desoyeran las órdenes del Juez Metropolitano de Toledo. El implorar el auxilio de la Madre de Dios era lo único que les quedaba. En Villanueva de Córdoba los registros de nacimientos de 1683 y 1684 bajan muy considerablemente respecto a los años anteriores, confirmando que los habitantes de los Pedroches atravesaron en esos años una grave crisis.
     No debe quedar tampoco la cuestión como una historia de “buenos y malos”. Si los vecinos de Pozoblanco reclamaban como propia la ermita, es porque pensaban de buena fe que era así, aunque luego, en los procedimientos judiciales que inician en 1589 y concluyen en 1685, se demostrara que era una presunción infundada.
     Hay otro importante aspecto a considerar. La Virgen de Luna ha sido uno de los símbolos de Villanueva de Córdoba, como se demuestra que tras el éxodo de la década de 1960 las dos comunidades con mayor número de residentes jarotes, Barcelona y Madrid, comenzaran a celebrar allí romerías en honor a la Virgen de Luna en la década de 1970. Con más razón, en los siglos XVI y XVII la Virgen de Luna era un elemento fundamental en la vida religiosa e identitaria de Villanueva de Córdoba. El primer nombre femenino que conozco de Villanueva de una advocación mariana, es precisamente, María de Luna, de 1695, bastante antes de que en la localidad hubiese mujeres llamadas María Dolores o María del Carmen.

[Este artículo fue publicado en la Revista de la Virgen de Luna de Villanueva de Córdoba 2013].

miércoles, 14 de junio de 2017

Historiografía de las tumbas excavadas en la roca de los Pedroches (NE de Córdoba).

     Prosiguiendo con las tumbas excavadas en la roca que se encuentran en la comarca de los Pedroches vamos a dedicar un par de artículos más a ellas. Este primero trata de la historiografía, a cómo se tuvo conocimiento de ellas y su repercusión bibliográfica. El siguiente lo será a su distribución espacial, pues hay una enorme diferencia según qué lugares, y dado que el volumen que se maneja es alto, casi el centenar, esta disposición no parece deberse al azar, sino a algún tipo de causa que al menos podemos intentar vislumbrar.

     Quizá deba aclarar que el estudio que estamos realizando se centra en las sepulturas excavadas en la roca viva, que son por definición inmuebles. Quedan fuera, al menos por ahora, aquellas tumbas a modo de sarcófago, muebles, que pueden transportarse de un lugar a otro. El ámbito territorial son las históricas Siete Villas de los Pedroches (Alcaracejos, Añora, Dos Torres, Pedroche, Pozoblanco, Torrecampo y Villanueva de Córdoba), los dos municipios que surgieron de ellas (Conquista y Cardeña), y la porción norteña adscrita al término de Montoro, pero que es una extensión del batolito de los Pedroches, y que geológica, cultural y económicamente se vinculan directamente con los Pedroches.

  

      Revisando artículos sobre las tumbas excavadas en la roca no me he encontrado ninguna referencia a las existentes en el noreste de Córdoba, aparte de las referencias en autores locales. Y pienso en la moraleja de la Cenicienta, la que resultaba ignorada resultó ser la más esplendorosa de la fiesta (o en Sandy al final de la película Grease, deslumbrando). Tanto por el número (casi un centenar) como por su distribución y su relación con el paisaje histórico, estas sepulturas se convierten en unos excelentes testimonios del pasado, con un gran potencial para conocer y comprender lo que ocurrió en la comarca durante el tránsito entre la Antigüedad y la etapa romana a la Alta Edad Media, con el reino de Toledo primero y al-Andalus después, un tiempo en el que no referencias en las fuentes documentales.


     El primer autor en dar a conocer las tumbas excavadas en la roca del norte de Córdoba fue Manuel Aulló Costilla, en su artículo "Excavaciones arqueológicas en diversos yacimientos sitos en las provincias de Segovia y Córdoba", publicado en 1925 en Memorias 1924-25 de la Junta Superior de Excavaciones y Antigüedades 71. Manuel Aulló, ingeniero agrícola de profesión, llegó a Villanueva de Córdoba en 1921 para combatir una plaga forestal que asolaba al encinar de los Pedroches. Con él vino Ángel Riesgo, auxiliar de montes (equivalente a un ingeniero técnico agrícola actual), que es quien descubrió el potencial arqueológico de los Pedroches.
     Manuel Aulló, que firmaba pero no excavaba, obtuvo una concesión para practicar excavaciones arqueológicas por Real Orden de 20 de septiembre de 1923. En 1925 publicaba el artículo citado, donde resumía los descubrimientos que se habían llevado hasta la fecha. Pero las excavaciones, absolutamente todas, fueron realizadas por Ángel Riesgo, quien se indignó con el ingeniero Aulló al considerar que éste pretendía arrebatarle el mérito de la autoría de los hallazgos. Es cierto que la concesión original para excavar se le otorgó a Manuel Aulló, pero también lo es que no le dio un palo al agua en las excavaciones, y que todo el trabajo lo llevó a cabo Ángel Riesgo.

     [Una pequeña digresión: en su segunda libreta de campo, al tratar del dolmen del Atalayón de Navalmaestre (Villanueva de Córdoba), escribía Ángel Riesgo: "En la Revista del Auxiliar de la Ingeniería y Arquitectura, nº 315 a 320, año 1934; y 354 y 355 de 1936, se publican fotografías por mí de este túmulo y rebato al Sr. Aulló la paternidad que quiso usurparme de estas excavaciones, que toleré en un principio y luego no pude soportar".
     Fuera del ámbito arqueológico, y por el éxito de ambos en la extinción de la plaga del encinar, fueron proclamados Hijos Adoptivos de Villanueva de Córdoba, concediéndosele además al ingeniero Manuel Aulló que una de las plazas de la localidad, que por entonces se estaba urbanizando, llevara su nombre. Fin de la digresión.]


     En las Memorias 71 de la Junta Superior de Excavaciones, Manuel Aulló, al tratar de las sepulturas en cista de la Loma de la Higuera (Montoro), escribía (página 6): "De allí merecen también citarse las correspondientes [tumbas] a la lámina XVII, abiertas en piedra y todas sin tapas, por cuya razón no hemos podido conocer su ajuar funerario".    

(Sepulturas en el término de Montoro. Manuel Aulló Costilla, 1925, lám. XVII.)

    Junto con Ángel Riesgo Ordóñez, el otro gran pionero del conocimiento histórico del norte de Córdoba es Antonio Carbonell Trillo-Figueroa. Ingeniero de minas, hidrólogo, paleozoólogo... poseía una erudición auténticamente envidiable. Además, era de los que gustaba patear el campo para conocer de primera mano el territorio, por lo que sus notas y observaciones son una continua fuente de conocimiento histórico, disciplina por la que se interesó vivamente. En el Boletín de la Real Academia de Córdoba 19, de 1927, escribió un artículo titulado "Contribución al estudio de la Prehistoria cordobesa: la zona de Villanueva de Córdoba", en el que, siguiendo el artículo de Manuel Aulló de 1925, indicaba la presencia de tumbas abiertas en la piedra en la zona de la Loma de la Higuera, Montoro.

     Ni Manuel Aulló ni Antonio Carbonell plantearon una cronología sobre este tipo de sepulturas, dando cuenta únicamente de su existencia.

    Años después, en 1934, Ángel Riesgo Ordóñez daba a conocer sus trabajos en la revista El Auxiliar de la Ingeniería y Arquitectura (números 315 al 320). Trató de las tumbas labradas en la roca en los números 317 y 318 de dicha publicación. Después de nombrar a las tumbas más frecuentes en los Pedroches (tipo cista, una fosa excavada en el suelo con las paredes revestidas por lajas verticales y cubierta por otras horizontales) escribía Riesgo:
     "De época posterior a dichas sepulturas, a mi juicio, o contemporáneas, existen otras, aisladas de las viviendas, talladas en rocas de granito, apareciendo irregularmente, en número de una, dos o tres, sobre cada peñasco; existe uno de estos peñascos, al S. del Castillo de Almogábar, que posee ocho sepulturas de distintas dimensiones y colocadas irregularmente, sin orientación alguna, aprovechando los planos que la misma roca presentaba. La más curiosa de todas estas sepulturas es la llamada por los naturales del Valle "Sepultura del Pozo del Moro"; se halla en la cañada de la Boca del Puerto, sur del Cerro de la Fresnedilla, entre éste y Valpeñoso, sobre el camino de Montoro; es un enorme pedrusco esférico de 3,50 metros de diámetros, que está sobre la superficie del suelo cual si la erosión de las aguas lo dejasen al descubierto por completo. En la cima de este pedrusco está tallada la sepultura, cuya tapa de 2,50 x 0,85 0 0,20 es utilizada para brocal de un pozo que hay al pie con riquísima y cristlina agua, que lleva el nombre de "Pozo de la sepultura del Moro".
     Estas sepulturas son de formas distintas: rectangulares unas, trapezoidales otras, y muchas compuestas de forma trapezoidal la parte correspondiente al cuerpo y de sección circular unos huecos donde descansa, en unos, la cabeza, y en otros, los pies: tipo fenicio; algunas de éstas poseen una hornacina o entalladura en el paramento de la derecha, a la altura del hombro, para la colocación de ofrendas. Para subir a la sepultura del Pozo del Moro hay desde la mitad de la roca a la cima, tallados en la misma, unos peldaños, con el fin de subir para orar o dejar ofrendas, construcción que demuestra era el yacente persona muy importante". 

 
 (Ángel Riesgo, 1934, 183.)

      Riesgo consideraba que este tipo de sepulturas pertenecía a el último periodo de la Prehistoria o la Protohistoria, con influencias fenicias según deducía de las de planta antropormorfa. En sus cuadernos de campo anotaba veintidós tumbas talladas en roca, entre ellas, y siendo el primero en darlas a conocer, ocho del grupo del Haza de las Ánimas (Torrecampo), donde hemos contabilizado in situ un total de dieciséis.


[El grupo de la Haza de las Ánimas es el más numeroso, y podría decirse que el más espectacular, de las tumbas labradas en la roca de los Pedroches; pero en absoluto es el más significativo. Fuera de él y del cercano de la Nava, con seis sepulturas, en los Pedroches lo más frecuente son sepulturas aisladas. De las 34 que llevamos anotadas en los términos de Conquista y Villanueva de Córdoba, 24 son individuales, y las otras diez en cinco grupos de dos.]

     Hubo de pasar más de medio siglo para que alguien volviera a interesarse por las sepulturas excavadas en la roca de los Pedroches. Fue un natural de la tierra, concretamente de Torrecampo: Esteban Márquez Triguero. Era ingeniero de minas de formación, pero también desde pronto un auténtico apasionado por la Historia, especialmente la del norte de Córdoba: en 1962, al describir unas lucernas romanas procedentes de Majadalaiglesia (El Guijo), escribía Juan Ocaña Torrejón en Historia de la villa de Pedroche y su comarca (pág. 143): "Posee estas lucernas y algunas monedas que a continuación citamos don Esteban Márquez Triguero, a quien agradecemos su colaboración". Solo con sus medios y sus recursos, creó la Casa Museo Posada del Moro en Torrecampo, germen de lo que hoy es el Museo PRASA.
     El señor Márquez Triguero publicaba dos artículos sobre este tipo de sepulturas en el Boletín de la Real Academia de Córdoba en 1985 y 1993, con el título de "Sepulturas antropoides del valle de los Pedroches". El epíteto dado a estas tumbas es bastante raro, pues lo habitual es la forma "antropomorfa", en tanto que el sufijo "-oide" tiene a veces un carácter despectivo en castellano. Cae también en algo frecuente, como expresa Roberto Rodríguez Violat (2013, 2) al tratar de las sepulturas antropomorfas: "A la hora de estudiar este tipo de inhumación hay que estar seguros de mencionarlas correctamente, ya que algunos investigadores caen en el error de denominar como antropomorfas a las sepulturas excavadas en roca y a las que presentan otra tipología de planta". Esteban Márquez Triguero se interesó en sus artículos por las tumbas excavadas en la roca, fuese cual fuese su forma interna.
     A pesar de que el título del artículo indica que el ámbito territorial es la comarca de los Pedroches, incluye sepulturas en el término de Fuente Obejuna, que está fuera de la comarca, o incluso de Monterrubio de la Serena, en la provincia de Badajoz.
     En sus artículos recogió 117 sepulturas, 74, según él, talladas en la roca viva. Pero si eliminamos las de del términos de Fuente Obejuna y Monterrubio; las que el señor Triguero consideró que se habían trasladado (en nuestro estudio nos interesamos por las que están labradas en el propio paisaje, por lo que si se trasladan pierden su carácter de inmueble) e incluso una de la Haza de las Ánimas (Torrecampo), que no es una tumba, en realidad es una pila (a la derecha en la fotografía):


el número de sepulturas talladas en la roca (antropomorfas o no) que ofreció el señor Márquez Triguero llega a 64, distribuidas en los siguientes términos municipales:

* Torrecampo, 36;
* Villanueva de Córdoba, 8;
* Pedroche, 6;
* Conquista, 2;
* Villaralto, 2
* Belalcázar, 1;
* Montoro, 6;
* Cardeña, 3.

     Hay que concretar sobre este comentario del señor Márquez Triguero de las procedentes de Villanueva de Córdoba (1993, 223): "En primer lugar, llama la atención que otros investigadores de la localidad no se hayan ocupado de dar a conocer las sepulturas antropoides de su término que constituyen un grupo de once diseminadas por su territorio". Sin duda se refiere al historiador de Villanueva Juan Ocaña Torrejón, pero éste no se interesó demasiado por la arqueología; su única incursión en la materia, un artículo titulado "Túmulos de los Pedroches", se limitaba a copiar de los cuadernos de campo de Ángel Riesgo. En realidad, son ocho las tumbas talladas en la roca viva las que expone el señor Márquez Triguero en el término de Villanueva de Córdoba, las otras tres que cita son sarcófagos, que quedan ajenos a nuestro estudio (Román y yo llevamos ya contabilizadas 21 sepulturas de este tipo en el término de Villanueva de Córdoba, pues esta misma semana nos han informado de la existencia de otra que no conocíamos al SE del término).
     Los primeros autores que dieron cuenta de la presencia de tumbas talladas en la roca en el norte de Córdoba, como hemos visto al principio, fueron Manuel Aulló y Ángel Riesgo, a quienes se les concedió el ser Hijos Adoptivos de Villanueva. En la revista El Auxiliar de la Ingeniería y Arquitectura (nº 355, año 1936, página 32), se despedía así Riesgo de su pueblo de adopción:


     Sobre la datación de estas tumbas, el señor Márquez Triguero consideraba en su primer artículo (1985, 103) que "cronológicamente, podemos situar a las sepulturas antropiodes grabadas en la roca granítica del Valle de los Pedroches como de edad prerromana -aunque en esta comarca de Sierra Morena llegasen hasta los tiempos de la romanización-. Su configuración antropiode nos remonta a influencias lejanas, tal vez tartésicas". Al día de hoy hay una práctica unanimidad en considerar que aparecen en un periodo mucho más avanzado.

     El siguiente estudio sobre las tumbas labradas en la roca se centró en un municipio, Conquista, llevado a cabo en 2003 por un equipo de tres personas: un excelente arqueólogo, J. A. Morena López y dos naturales de Conquista que han sido o son Cronistas Oficiales, Juan P. Gutiérrez García y José Merino García (José Antonio Morena es, además, Cronista Oficial de Cañete de las Torres).
     El artículo apareció en Crónica de Córdoba y sus pueblos, nº 9, publicación de la Asociación Provincial Cordobesa de Cronistas Oficiales. En él describían nueve yacimientos, uno de los cuales contaba con un sarcófago pétreo junto a un pozo. En los otros ocho, con las sepulturas que nos interesan, grabadas en la roca natural, constataban la presencia de once tumbas, cinco de ellas individuales y las otras seis en tres grupos de dos.
     Posteriormente, Juan P. Gutiérrez daba cuenta de otras dos sepulturas más en el término de Conquista (no contabilizamos un sarcófago que nombra, ni otra en la Dehesa de Minas, pero ya en el término de Villanueva de Córdoba). Así pues, se conocen trece tumbas talladas en la roca en el término municipal de Conquista.
     Considerando que el término es muy pequeño, 38,55 kilómetros cuadrados, resulta una densidad muy alta para este tipo de tumbas, una por cada tres kilómetros cuadrados. Creo que ello se debe al buen trabajo de prospección de los autores.
      En este estudio no sólo se ocupan de la descripción y distribución de las sepulturas, sino que también se preocuparon del encuadre cronológico y su adscripción cultural. Para ellos, "la fecha de construcción de estas tumbas... se centra en torno a los siglos IX-XI".
     Para argumentar estar cronología se invoca el artículo pionero del profesor Alberto del Castillo Yurrita: "El profesor Del Castillo fue uno de los primeros que analizó la cronología al estudiar estas tumbas que él llamaba "olerdolanas" debido a su especial abundancia en Olérdola (Alto Penedés) y en función de su evolución tipológica determinó unas fechas de los ss. X-XI". No, Alberto del Castillo no dijo eso. Para él, "olerdonala" era sinónimo de "antropomorfa", y consideró que aparecieron entre los siglos IX-X, asociadas a la repoblación cristiana del norte peninsular. Pero para el resto de tipologías de tumbas excavadas en la roca (en forma de bañera, rectangular o de trapecio), del Castillo consideró que surgieron en los siglos VI-VII. En Conquista hay cinco sepulturas de forma antropomorfa, dos de planta rectangular, y seis de trapecio: en la terminología del profesor del Castillo, solo hay cinco "olerdolanas" en el término de Conquista.
     Ya he trascrito en otras ocasiones lo que escribió el profesor del Castillo sobre la cronología, ahora escaneo la página 838 de su comunicación en el XI Congreso Nacional de Arqueología de Zaragoza (año 1970), donde se puede claramente: "Conocemos tumbas excavadas en la roca de época tardorromana y visigoda".


     Prosiguiendo con la cronología de las tumbas de Conquista, los autores del estudio tuvieron en cuenta que algunas de ellas, en Madrid o Cáceres por ejemplo, se habían datado en el siglo VII, pero que la mayor parte eran de siglos posteriores. "En consecuencia, la mayoría de las necrópolis con tumbas excavadas en la roca ofrecen una cronología centrada, básicamente, en los ss. IX-XI, centurias en las que podrían encajar las tumbas de Conquista, sin descartar que pudieran existir algunos precedentes en época visigoda" (pág. 150). A partir de aquí desarrollan una asociación de las mismas con comunidades mozárabes, hablando de pequeñas comunidades monacales en El Germo (Espiel), Cerro del Castillo (Pozoblanco), Almogábar (Torrecampo) o Majadalaiglesia (Torrecampo). [Otra digresión, el Castro del Castillo no está en el término de Pozoblanco, sino en el de Añora.] En Germo hay una basílica, y en la última localidad el baptisterio de una iglesia, parece que ambas del siglo VII, pero, a excepción del segundo edificio del Germo, en ninguno de los otros tres lugares nombrados hay la más mínima evidencia de la presencia de algún monasterio. La existencia de los mismos fue una ocurrencia del señor Márquez Triguero, más fruto de la imaginación que del conocimiento arqueológico. Y lo mismo puede decirse de un presunto "potente fenómeno eremítico" (pág. 151), del que no hay el más mínimo vestigio ni en las fuentes documentales o en las arqueológicas.
     En definitiva, para los autores "las tumbas excavadas en la roca de Conquista y, seguramente, la mayoría de las tumbas rupestres dispersas por el norte de Córdoba, podrían tener un origen mozárabe, y que en algunos casos corresponderían a comunidades pequeñas o familias (quizá también a anacoretas o ascetas solitarios), lo que justificaría que, en no pocas ocasiones, dichas tumbas se encuentren solas o, todo lo más, en parejas" (págs. 151-152). Recordemos que el principal argumento es que como la mayoría de las tumbas de este tipo de la península son de los siglos IX-XI, las de Conquista, también. Pero debe valorarse que las circunstancias y los procesos históricos son muy diferentes entre el norte de Córdoba y Cataluña, por ejemplo, y que ya en absoluto se tiene en consideración la hipótesis del profesor del Castillo sobre las tumbas en Cataluña de que se debían a repobladores mozárabes.
     También se puede recordar que el yacimiento de Marroquíes Bajos (Jaén) rompe la ineluctable relación entre tumbas en roca y mozárabes, pues existe allí una maqbara con los sepultados según el ritual islámico, pero en sepulturas talladas en la roca viva.
     Es algo curioso, después de haber visto personalmente docenas de estas sepulturas por todos los Pedroches e indagar por los alrededores a ver qué vestigios del pasado afloraban a la vista en la superficie del suelo, no me he encontrado ni un solo fragmento cerámico (lucernas de piquera, la abundante cerámica vidriada melada, la muy característica verde-manganeso...) que se pueda adscribir al periodo de al-Andalus. Así que se da por supuesto su pertenencia a un tiempo del que no hay testimonios arqueológicos, ignorando las tégulas que aparecen en las inmediaciones de algunas de estas sepulturas, como los propios autores reconocen. En la fotografía de abajo se muestran fragmentos de tégulas presentes al lado de la tumba en roca del Molinillo, unos 4,5 km al norte de Villanueva de Córdoba:


     También la Haza de las Ánimas, la mayor concentración de sepulturas de la comarca, hay numerosísimos fragmentos de tégulas e ímbrices:

 
     Me parece más lógico vincular estas sepulturas con los vestigios arqueológicos que hay visibles e inmediatos que con otra época de la que no se conoce ningún resto material.
     Aparte de esta presumible relación con la sociedad mozárabe a partir de la cronología otorgada, no hay vinculación con los procesos históricos que explique una sencilla pregunta: ¿por qué alguien invierte tantos recursos (de tres a seis meses al mínimo para un obrero especializado con herramientas de la época) en labrar una de estas sepulturas? Se dice que las tumbas aisladas podrían pertenecer a pequeñas familias o aldeas, pero no explica el motivo de labrarlas en la roca viva, en vez de hacerlas en el suelo, revestidas de lajas por los laterales y parte superior, que suponen muchos menos trabajo o dinero.

     De las trece sepulturas descritas en Conquista, dos estaban en la relación del señor Márquez Triguero, por lo que con ambos artículos quedaban descritas 75 sepulturas excavadas en la roca en los Pedroches cordobeses.

     Para terminar esta relación, en la Revista de Feria de Villanueva de Córdoba del año 2010 escribí un artículo sobre ellas, que si traigo a colación no es por sus méritos (escasos, de habellos), sino en cumplimiento de la labor autoimpuesta de recopilador bibliográfico. En él se incidía sobre todo en su cronología, que comienza mucho antes del periodo mozárabe; para saber más de sus orígenes es muy recomendable leer los trabajos de Jorge López Quiroga, que ha dedicado mucho tiempo y esfuerzo en la cuestión de cuándo comienzan a aparecer este tipo de sepulturas.


     En definitiva, la información sobre las tumbas en el norte de Córdoba es muy escasa. Las primeras referencias de 1925 y 1934 se limitaron a citar sucintamente su presencia. El primer intento de inventario es de finales del siglo XX, y de comienzos del XXI la única labor prospectiva e intensa, pero sobre un territorio de muy escasa extensión. Las publicaciones más antiguas son difíciles de encontrar ya, mientras que las más actuales lo son en publicaciones de ámbito provincial. Como consecuencia de esta escasez es la ausencia de citas al norte de Córdoba en los estudios que tratan de las sepulturas que fueron labradas en la roca y pasaron a formar parte del paisaje, como esta en Las Navas (unos 8 km al SE de Villanueva de Córdoba), que parece contemplar desde siglos la magna dehesa de los Pedroches, de la que sin duda forma parte.



lunes, 12 de junio de 2017

Sarcófago de la basílica del Germo (Espiel) en el Museo Arqueológico de Córdoba.

Uno de los objetivos del blog desde su creación fue poner en su justa medida información sobre objetos procedentes del NE de Córdoba que no se han tratado correctamente, como una lucerna tardoantigua conservada en el Museo Arqueológico de Madrid, y de la que se presumía proceder de Villaricos, Almería: en realidad, apareció en la Loma de la Higuera, Montoro; o la  patena litúrgica procedente de Majadalaiglesia (El Guijo, Córdoba), considerada perdida por algunos investigadores cordobeses, aunque se encuentra en el Instituto de Valencia de Don Juan de Madrid. Este artículo se dedica al origen de un relieve conservado en el Museo Arqueológico de Córdoba, y que procede de la basílica del Germo (Espiel, Córdoba).


     En la colección permanente del Museo Arqueólogico de Córdoba (MAC), con un espacio muy reducido por unas obras que no comienzan, se puede observar un fragmento de una escultura en relieve:


     La información que hay debajo de él indica que se trata de un "fragmento de sarcófago con ¿magistrados? Paleocristiano. Siglo IV. Mármol. Espiel. La Chimorra".

     En la Red Digital de Colecciones de Museos de España (CERES) aparece más información de este objeto, con número de inventario del MAC CE027751.  Tiene 32 cm de altura máxima por 56 cm de longitud máxima, y un grosor de 8 cm. Silvia Muñoz Jiménez es la autora de la ficha que adjuntamos:



     La ficha presenta una pequeña discrepancia cronológica con la información que se da en la sala de exposición, cuando ésta la data en el siglo IV y en la ficha se adscribe al siglo V, pero no es ésta la cuestión que traemos al blog, sino su origen. En la ficha se indica que procede de La Chimorra, Espiel, Córdoba, mientras que con el título de este artículo mantengo que pertenece a la basílica de época visigoda de El Germo, Espiel. (Por cierto, que la Chimorra, el pico más alto del norte de la provincia de Córdoba con 959 metros de altura, se encuentra en el término de Alcaracejos. La confusión entre ambos términos es notable entre algunos autores que han tratado de restos de esa zona.)
     En las "Observaciones" de la ficha del CERES de este relieve aparece que pertenece a la Colección Riesgo, o sea, objetos procedentes de las excavaciones de Ángel Riesgo Ordóñez entre 1921-1935 en el norte de Córdoba. Es él, Ángel Riesgo, quien cita a la  Chimorra como lugar del hallazgo del relieve. Copio de sus libretas de campo:



Necrópolis y acrópolis. Castillo ibérico. La Chimorra, Cerro del Musgaño.



Mayo 1927.

Zona situada en las inmediaciones del castillo ibero-romano de la Chimorra, en el Estrecho o Cerro del Musgaño, término de Alcaracejos. SW del Valle de los Pedroches y S de Pozoblanco.

Zona de gran importancia en la que sólo puede hacer una exploración dada la enorme distancia a que está de Villanueva de Córdoba. El castillo domina toda la calzada romana [a Mérida] que pasa a unos 500 m y en sus inmediaciones, en fincas de Juan Ruiz, vecino de Pozoblanco. La calzada romana lleva rumbo de Cartagena a Mérida y tiene un gran trozo aún en perfecta conservación.



[Se halló] una sepultura de iguales características de las de Villanueva de Córdoba, obteniendo un jarro Nº 58 [27857]. Forma de búcaro, arcilla amarilla de ocre claro en la que se ven muy borrosos unos dibujos de pintura siena oscura, como brochazos en media luna que cubren toda su superficie de 26 cm alto por 35 cm perímetro de la panza y 4,5 cm diámetro de la boca, con asa que arranca a 2 cm bajo de ésta hasta la panza.



En las inmediaciones hallé:

una escudilla o mortero Nº 59 [27818]. Tallada en piedra caliza de 7 cm alto en medio por 13 cm diámetro, muy toscamente hecha.

Dos lápidas sepulcrales [27753]. Mejor dicho, dos trozos de lápidas cristianas, parte izquierda con inscripción ambas, en las que verticalmente se lee en una =VXOR= y en la otra =DULCIS=, ambas bajo el signo del cristianismo. Las inscripciones horizontales no se pueden completar, y a juzgar por otras cuatro halladas completas por el dueño de la finca son del año 600 de la era cristiana.



Asimismo, en las inmediaciones del cortijo hallé un hermoso frontis [27751] de sepulcro ibero-romano-cristiano, la mitad de la derecha en el cual en la en bajorrelieve existen ocupando toda la superficie, y en fila, siete orantes, cubiertos con manto sujeto al hombro, y desnuda la cabeza con peinado ondulado unos y en ángulos otros, caracteres importantes. La otra mitad fue hallada posteriormente por un pastor que se negó a cedérmela, e ignoro su paradero. Dimensiones: 0,52 x 0,32 m.



(13 octubre 1961: Según carta de F. Díaz del 12 octubre con nota que le envía el pintor Francisco Merchán de Villanueva de Córdoba, que fue quien nos acompañó en mayo 1927 al Cerro del Musgaño, la finca donde hicimos las exploraciones y hallamos lo antedicho en estos fº 56-57 y 58, se llama “La Nava o Venta Vega” de Juan Ruiz de Pozoblanco, y hoy es de su hermano Esteban Ruiz y su yerno Bartolomé Muñoz Alcaide de Pozoblanco.)


     Resulta triste saber que el resto del relieve pudo alojarse en una choza de pastor, o pasar al mercado negro de las antigüedades. Según Riesgo, el lugar que exploró se llamaba "La Nava o Vega Baja", habiendo también una referencia al dueño de la finca, Juan Ruiz, natural del Pozoblanco.
     Este señor escribió una reseña a la Real Academia de la Historia, una especie de instancia en la que explicaba que en terrenos de su propiedad habían aparecido numerosos restos de lo que parecía ser una iglesia de época visigoda. Fue publicada en el Boletín de la Real Academia de la Historia  65 de 1914, pp. 473 ss:
     El propietario, Juan Ruiz, aclaraba que el lugar donde se encontraban los restos se llamaba "Cerro del Germo", según él perteneciente al término de Alcaracejos. Y con esta adscripción pasó a la bibliografía del lugar, hasta que en 1970 el arqueólogo Thilo Ulbert realizó una excavación en el lugar. El Cerro del Germo se encuentra al sur de la antigua calzara de Corduba a Emerita, que es la linde entre los términos de Alcaracejos y Espiel, por lo que el yacimiento pertenece incuestionablemente en el término de Espiel. (Tanto se ha enquistado la pertenencia del Germo a Alcaracejos que todavía en 2008 García Moreno seguía denominando a Alcaracejos como origen de las inscripciones del Germo: Luis A. García Moreno, "La emigración goda en España. Una perspectiva nobiliaria", Zona Arqueológica 11, p. 101, 2008.)


     El Germo se encuentra también a un kilómetro al oeste del cruce de algunos caminos que comunicaban Córdoba y Toledo en la Edad Media.  El más antiguo, PW3, era una antigua calzada romana, en desuso durante buena parte de la Edad Media  hasta ser rehabilitada por la Mesta. El otro camino, PW2, denominado "Camino Nuevo" en el siglo XV, era una variante que se dirigía al norte antes de llegar al Germo, pasando por la sierra de la Chimorra (ambos caminos confluían a la altura de Pozoblanco). Ángel Riesgo y Juan Ruiz consideraron que estaba en término de Alcaracejos, mas, como digo es indudable, el Cerro del Germo está en el término de Espiel, pues el "Camino Real" que aparece en el mapa de arriba marca el límite entre Espiel y las villas de los Pedroches.


     Thilo Ulbert identificó el yacimiento del Cerro del Germo como dos edificios, una iglesia con baptisterio, tres naves y doble ábside a oriente y occidente; y otro edificio de uso dudoso. Asociada a la iglesia existía una necrópolis de inhumación, de la que procedían las lápidas funerarias y otros objetos que reseñan Ulbert y Riesgo. Tilo Ulbert dató el momento de su construcción entre finales del siglo VI y comienzos del VII, siendo probable que continuara en el periodo mozárabe.
     Entre los datos reseñables de la comunicación del señor Ruiz a la Real Academia de la Historia de 1914 está la aparición de varios epitafios con nombres bien legibles, como Asper o Ugnericus, y que se databan a comienzos del siglo VII. También Ángel Riesgo informaba del hallazgo de lápidas funerarias. Y son estas inscripciones las que demuestran que, en realidad, Riesgo estuvo excavando en el Germo. Prueba de ello es que cuando Thilo Ulbert escribe sobre estas inscripciones, al tratar sobre la de Columba (año 665), dice (1971, 177): "Esta última inscripción puede hoy completarse en parte, pues se han encontrado algunos fragmentos pertenecientes a ella en la colección de D. Ángel Riesgo Ordóñez en Madrid". Son los fragmentos con las palabras "UXOR" y "DULCIS" que escribía Ángel Riesgo en sus libretas de campo:

 (Thilo Ulbert, 1970, 164.)

      Por lo expuesto queda manifiestamente claro que el lugar al que se refería el señor Juan Ruiz en 1914; donde estuvo Ángel Riesgo en 1927, y donde excavó Thilo Ulbert en 1970 es el mismo lugar, el Cerro del Germo (Espiel, Córdoba), aunque Riesgo lo denominara de otra manera. Es simplemente una cuestión de nomenclatura.
     Este relieve puede contribuir a conocer mejor la historia del yacimiento. Según Thilo Ulbert, la iglesia se construyó alrededor del año 600, pudiendo mantenerse algún tiempo después de la invasión árabe. Para el siglo XII el lugar estaba en ruinas, volviendo a ser reocupado de nuevo. Dando por supuesto que el fragmento de sarcófago procede del Germo, y que se data en el periodo tardoantiguo (siglos IV o V) quizá pueda considerarse esta fecha como la del inicio del lugar.

 (Fotografía de Silvia Muñoz Jiménez en CERES.)

domingo, 28 de mayo de 2017

Tumbas excavadas en roca de Carboneras Altas (Torrecampo).

     En los Pedroches la mayor concentración de tumbas talladas en la roca viva, y que pasan a formar parte del paisaje antrópico, está en la parte más septentrional, destacando el término de Torrecampo, donde se concentran 41 de las 93 que hasta el momento llevamos contabilizadas el amigo Román Domínguez y yo (concretamente, en las históricas Siete Villas de los Pedroches y la dos que surgieron después de ellas, Conquista y Cardeña).
     El grupo del que se va a tratar se encuentra en Carboneras Altas, once kilómetros y medio al este de Torrecampo y cinco al noreste del castillo de Almogábar. Unos tres kilómetros al norte se encuentra el río Guadalmez, la frontera entre las provincias de Córdoba y Ciudad Real. Estas sepulturas talladas en la roca viva no están incluidas en los dos artículos que sobre las mismas escribió D. Esteban Márquez Triguero en 1985 y 1993, aficionado a la Historia y fundador del actual Museo PRASA de Torrecampo.


     El conjunto esta formado por cinco sepulturas. Tres se encuentran labradas sobre un lastrón granítico y a pocos metros unas de otras (Nº I, II, III), próximas al corijo de Carboneras Altas. La cuarta se sitúa en una meseta al SE de las primeras, mientras que la quinta está al sur y próxima a un arroyo. Forman un triángulo isósceles de 400 m de lado y 350 m de base



     Como se puede apreciar en el mapa geológico,

 
el conjunto se encuentra casi en el límite del batolito granítico de los Pedroches (de color rosa en el mapa) con los materiales sedimentarios del Carbonífero que lo orlan por el norte (de color gris). Es decir, se encuentra en un ecotono, en el lugar de encuentro de dos ecosistemas diferentes (en el decir popular, la "saliega" granítica y la "Pizarra"), lo que permite el aprovechamiento de ambos.
     También debe destacarse la existencia algo más de un kilómetro al norte de tierras del Terciario ("raña", de color amarillo), al norte del arroyo Navaluenga, con una alta capacidad cerealística.
     Esta zona de contacto es también rica en minas, como también se refleja en este mapa. Además, apenas dos centenares de metros al oeste del grupo de tres discurre el camino de los Molinos de la Rivera, es decir, el antinguo camino del Armillat, la principal vía de comunicación entre Córdoba y Toledo durante el periodo califal.
     Unos trescientos metros al norte del cortijo, y doscientos metros al este del camino del Armillat, sobre una pequeña meseta se aprecian restos de hábitat, en concreto fragmentos de cerámicas y tégulas caracterizados por sus gruesos desgrasantes, y restos de cimentaciones.

Descripción.

     Cercano al ecotono (o "raya de la Pizarra") abundan poderosos roquedos graníticos, por lo que sobra "materia prima" para tallar las sepulturas.
     Las nº I, II y III se encuentran en un roquedo próximo a un pequeño arroyo, afluente del Navaluenga que, a su vez, es tributario del río Guadalmez por su margen izquierda. Las dos primeras se asemejan a un sarcófago, sobre todo la nº II, mientras que la tercera apenas resalta de la lastra en la que se talló.



     La nº I está muy deteriorada, habiendo perdido buena parte de su cabecera.



     Mejor conservada está la nº II, que muestra una planta antropoforma, es decir, con las zonas del cuerpo y cabeza bien diferenciadas. Para marcar la cabecera y pies emplea el mismo método que en las de la necrópolis de la Haza de las Ánimas, dejando sin tallar cubos en las cuatro esquinas.




     La nº III está prácticamente soterrada, por lo que es difícil de establecer su forma en tanto no se limpiase de tierra, aunque no parecen percibirse los cubos sin tallar en las esquinas que definen las tumbas antropomorfas de la comarca. (Como ya nos ha ocurrido en otras ocasiones, las sombras de las vecinas inmeditas no favorece la claridad de las fotografías.)




     A unos cuatrocientos metros al SE se encuentra la nº IV, y si bien las tres anteriores están en el pequeño valle del arroyo, ésta se halla sobre una meseta elevada con una gran visibilidad al norte y al oeste.


     Su fisonomía es bastante peculiar, pues en las esquinas no se dejan unos cubos sin tallar para resaltar la figura humana, como los que se ven en la nº II, sino que la forma de labrar configura como unos espacios en forma de media luna en los extremos del eje longitudinal. En absoluto su planta se puede relacionar con la forma humana, sino que parece definir un pequeño espacio diferenciado dentro de la misma sepultura. No conocemos ninguna otra (al menos por ahora) en el NE de Córdoba con estas características. El lugar elegido tiene, como decimos, una vista dominante, pero el roquedo elegido para tallar la roca es de pequeña altura, sin la impresión de sarcófago incrustado en el terreno que tiene la nº II.




     También es muy peculiar la nº V. Se encuentra aguas arriba del mismo arroyo junto al que se encuentran las tres primeras. Está también casi enterrada, pero se vislumbra una planta trapezoidal o rectangular, es decir, que no se presenta forma antropomorfa. Lo que destaca es que está a los pies de un gran roquedo de metro y medio de altura, una gran masa de granito que podría albergar docenas de sepulturas que podrían destacar, como en la Haza de las Ánimas.


Sin embargo, decidieron hacerla en el suelo, donde pasa casi desapercibida. En las circunstancias actuales es difícil de ver incluso en el propio terreno, por lo que marco su situación en las fotografías. La impresión que da es que está relacionada de algún modo con el gran peñón en que se encuentra. Una relación de respeto y de subordinación. Es solo una impresión personal, pues considero que no se deja al azar algo tan importante como el lugar donde una persona va a pasar el resto de la eternidad, y más cuando exige un considerable desembolso de recursos.




¿Por qué, para qué, para quién, cuándo...?

     La copiosa bibliografía que han generado las tumbas excavadas en la roca se ha centrado, casi exclusivamente, en ellas mismas, sin prestar atención al contexto histórico en que se desarrollaron. El estudio se basaba solo en el aspecto tipocronológico, es decir, la época en que se elaboraron a partir de sus formas, pero entiendo que el oficio de historiador no puede limitarse a labores meramente descriptivas, sino que es necesaria una interpretación sobre su existencia que pueda integrarse en los procesos históricos. Afortunadamente, hay excepciones, autores que han superado estos esquemas meramente formalistas y cuyos análisis permiten avanzar en el conocimiento de este tipo de manifestaciones arqueológicas tan abundantes en el territorio peninsular. Entre estos autores debo destacar a Jorge López Quiroga e Iñaki Martín Viso.
     Cuando comenzamos a estudiar este tipo de sepulturas en el norte de Córdoba teníamos claro que había que integrarlas dentro del paisaje social y del contexto de la época en que se hicieron, de ahí la importancia de la cronología, cuestión en la que Jorge López Quiroga ha indagado en profundidad.
     Por su parte, el profesor Iñaki Martín Viso (2012, 168-ss) plantea un modelo de estudio basado en "entender las tumbas como parte de un sistema territorial más complejo y dentro de un código cultural, repleto de referencias para los habitantes". El territorio en que vivían las comunidades rurales altomedievales "estaba lleno de referencias a antiguos propietarios o pequeñas historias locales, denominado a partir de microtopónimos que se refieren a esa memoria, que lo dotaban de un contenido simbólico, cultural... Una hipótesis factible es que las tumbas excavadas en roca se encontrasen en el centro de esa memoria social campesina basada en la construcción de un paisaje, es decir, de un espacio percibido y cargado de significado cultural por parte de los autores sociales. Por lo tanto, los espacios funerarios funcionaban como instrumentos que generaban y administraban la memoria de los antepasados, una memoria que servía para crear una identidad familiar o comunitaria--- [Los espacios funerarios] se sitúan en un territorio, en un emplazamiento deliberadamente elegido, y se asocian a las familias que entierran a sus difuntos y que les recuerdan". En este tipo de análisis es necesario el "estudio de las relaciones de los sitios con tumbas excavadas en roca con otras realidades del territorio, con el objetivo de comprender mejor cómo se articulan los espacios funerarios dentro de la estructuración de un paisaje", como son los asentamientos, núcleos de poder, centros de culto, vías de comunicación, potencialidad de explotación económica...
     También se puede realizar el estudio desde términos de poder. Para algunos autores este análisis ha de realizarse en función de la riqueza de los ajuares funerarios, pero, además de ignorar si hubo siquiera ajuares en su interior, creo que es este caso el propio continente denota poder, pues su confección en la dura roca granítica sin herramientas de acero suponía una gran inversión de recursos, al necesitarse al menos de tres a seis meses para labrar una de ellas. Un tiempo y unos medios muy superiores al tipo de tumbas más frecuentes en la comarca de ese periodo, fosas excavadas en el terreno revestidas lateralmente por lajas y cubiertas por lastras de granito. Por ejemplo, en sus excavaciones de 1921-1935 Ángel Riesgo contabilizó 23 tumbas excavadas en la roca (todas abiertas cuando él las vio), mientras que excavó tres centenares de sepulturas de fosa tipo cista.

     El primer aspecto a tratar es el cuándo. En numerosos artículos se da por supuesto su carácter medieval, presumiendo (como antes el valor en el servicio militar) una cronología de los siglos IX-XI. Se llega a denominarlas como "mozárabes", al dar por supuesto que fueron creadas por cristianos durante el tiempo de al-Andalus, mas en el yacimiento de Marroquíes Bajos (Jaén) se descubrieron tumbas excavadas en la roca con los inhumados según el rito islámico durante el tiempo del Emirato.
      Entre finales de la década de los sesenta e inicios de los setenta del pasado siglo, el profesor Alberto del Castillo Yurrita realizó diversos trabajos de investigación en sepulturas excavadas en roca en Aragón, Castilla-León y Cataluña. Denominó "olerdolanas" a las sepulturas antropomorfas. Su trabajo se basó en las distintas formas que tenían las sepulturas, que, según Alberto del Castillo, surgieron en momentos distintos: las antropomorfas (u "olerdolanas") en los siglos IX-X, pero las que tenían otro tipo de planta (rectangulares, ovales...) serían de siglos anteriores. En concreto, escribió (del Castillo, 1970, 838): "Esta forma de tumbas ["olerdolanas" o antropomorfas] parece privativa hispánica y hay que situarla en relación con la Reconquista y la Repoblación. Conocemos tumbas excavadas en la roca de época tardorromana y visigótica. Pero son de forma rectangular o bañera, no antropomorfas". Ponía como ejemplo la tumba en forma de bañera junto a la iglesia de Sans Vicens de Obiols, en cuyo interior había una moneda de oro de Egica (697-702), que relacionaba con el ritual pagano del pago al barquero Caronte. Pero no son pocos, como decía, los que han tomado la parte por el todo, y adjudicando una cronología de los siglos IX en adelante a todas las sepulturas.
     Las propuestas de orden tipocronológico se han ido abandonando, como opina Iñaki Martín Viso, ante "ante la convivencia de formas diferentes en el mismo yacimiento, la ausencia de datos estratigráficos que soporten dicha afirmación y la preponderancia de las tumbas antropomórficas". Por el contrario, Jorge López Quiroga cree que es válido el postulado básico de Alberto del Castillo: tras analizar minuciosamente la cronología de numerosos yacimientos con este tipo de sepulturas, rechaza la relación que estableció del Castillo con la Repoblación de la reconquista; considera que las de planta no antropomorfa aparecen en el siglo VII, mientras que las antropomorfas lo hacen a partir del VIII, estando ligada su forma al cristianismo y la creencia en la resurrección íntegra del cuerpo.
     Podemos quedarnos con una idea básica: las sepulturas excavadas en la roca aparecen en la Península Ibérica en tiempos de la Hispania visigoda, al menos en el siglo VII, como ya adelantó en 1998 González Cordero en su estudio de las tumbas excavadas en roca de la provincia de Cáceres.

     En cuando al por qué y para qué, empeñados los humanos en buscar un buen acomodo para la otra vida, o esperar la resurrección, desde tiempos del Antiguo Egipto los sarcófagos se convirtieron en unos prácticos vehículos para tal fin. Fenicios, etruscos o romanos también los emplearon.
     En los tiempos del Bajo Imperio las élites emplearon unos magníficos sarcófagos. En Hispania no solo se importaban desde Italia, sino que se desarrollaron en la península talleres para satisfacer esta demanda de gentes que querían mostrar su estatus mediante ellos.
     Pero a partir del siglo V se producen enormes transformaciones, dando fin a las estructuras de poder centralizado que, al menos en teoría, habían marcado el periodo imperial: las invasiones de los pueblos bárbaros (digo bárbaros y no germanos porque uno de estos pueblos, el alano, no tenía orígenes germánicos) y el fin del Imperio Romano de Occidente en el año 476. Tras su derrota ante los francos en la batalla de Vouillé (año 507) los visigodos entraron masivamente en la península, aunque tardaron tiempo en consolidar su dominio, hasta que el rey Recaredo entabla una alianza con el mayor poder local, la Iglesia, en el III Concilio de Toledo (589).
     En los amplios territorios que quedaron fuera del control directo de los suevos o visigodos, o en los lugares donde no se restableció el poder romano tras las invasiones de comienzos del siglo V, las élites locales asumieron el poder, con el objetivo de organizar los recursos, mantener el principio de autoridad, dando visibilidad al mismo, y sometiendo a la población al mismo. Un buen ejemplo lo constituye la ciudad de Córdoba.
     Tras el breve periodo de presencia de los vándalos en la Bética, Córdoba se mantuvo prácticamente independiente desde mediados del siglo V. Se enfrentaron al rey visigodo Agila (año 550), al que derrotaron, matando a su hijo y apoderándose de parte de su tesoro. También resistieron los embates de su sucesor, Atanagildo (556-557). Fue finalmente el rey Leovigildo quien se apoderó de la ciudad a sangre y fuego en el 572, acabando con la autonomía de los cordobeses.

     Parece ser que las primeras sepulturas talladas en la roca aparecieron en ciudades del norte de Argelia entre los siglos V-III a.C., posiblemente por influencia de los sarcófagos antropomorfos fenicios, muy de moda entonces. La costumbre se mantuvo en el lugar durante el periodo romano hasta que en los siglos VI-VII d.C. saltan a la Toscana italiana, algunos lugares de Francia y la Península Ibérica.
     Creo que su aparición en Hispania se explica por la conjunción de varios factores. Por un lado la desaparición de los fastuosos sarcófagos tardorromanos, pero manteniendo las élites la necesidad de mostrar una forma de enterrarse de un rango superior al del común de las gentes, pues, como considera el profesor Iñaki Martín Viso, "los rituales de enterramiento deben vincularse con procesos de formación y desarrollo de una memoria social relacionada con la construcción de identidades de diverso cuño". En este tipo, que se observa en el grupo de Carboneras Altas, de un número reducido de sepulturas aisladas, "puede hablarse con bastante certeza de la presencia de innumaciones aisladas y diferencias, que deben probablemente asociarse con enterramientos de carácter familiar que se perpetúan en el tiempo, dada la conocida tendencia a la reutilización de estas tumbas... Son lugares que configuran una memoria asociada a las familias, con criterios de elección condicionados por sus propias necesidades" (Martín Viso, 2012, 168 y 171).
     Cuando las tumbas labradas en la roca se extienden por la península, a mediados del siglo VII, el poder ya no se manifestaba porque los mayores propietarios participaran de las tareas estatales, sino que el poder era la posesión de la tierra. (Por esta razón los grandes propietarios prefirieron pactar uno a uno, defendiendo sus intereses personales, con los invasores islámicos, antes que presentan un frente común contra ellos.) Son tiempos de competencias y conflictos entre los diferentes poderes, y las necrópolis se constituyen en escenarios simbólicos de esta rivalidad social, con una activa función competitiva en el mundo de los vivos. Algo que se representaría en una persona o familia con la capacidad suficiente para mantener a varios artesanos durante meses para tallar una costosa tumba en el duro granito.
     Se ha propuesto que este tipo de sepulturas en roca, aisladas, dominarían visualmente los lugares más productivos, reafirmando el control de las mejores áreas de producción. En el caso de Carboneras Altas se podría considerar para la nº IV, pero en absoluto la nº V,  estando en el valle de un pequeño arroyo y eclipsada por la gran masa del peñón junto al que se sitúa; en realidad, los espacios productivos en ese lugar no son demasiado dispares.
     En el caso de la nº V me planteo si el lugar elegido pudiera estar relacionado con cultos paganos, pues el canon II del XVI Concilio de Toledo (año 693), al tratar de los "adoradores de ídolos" (idolorum cultoribus) citaba expresamente a los "veneradores de las piedras" (veneratores lapidum). A finales del siglo VII el cristianismo aún no había conseguido implantarse por completo en todo el territorio del Reino de Toledo, debido en gran parte, como se afirmaba en el tomus de dicho Concilio, por el escaso interés y cualificación del clero. Es solo una conjetura.